Defensoría respalda fallo que frenó la locomotora minera


Al advertir que la delimitación de áreas estratégicas mineras no es una ‘mera expectativa’ de titulación minera, sino que impone un uso específico de los suelos que los destina a actividades extractivas, la Defensoría del Pueblo respaldó la decisión de la Corte Constitucional que tumbó las Áreas Estratégicas Mineras.
Por medio de un comunicado, la entidad destacó que luego de “la decisión que dejó sin valor y efecto las resoluciones de las autoridades nacionales mineras mediante las cuales se delimitaron áreas estratégicas mineras,por haber vulnerado el derecho fundamental a la consulta previa de los pueblos indígenas y comunidades negras afectadas contará con el seguimiento de la Defensoría del Pueblo”.
Explicaron que mediante sentencia T-766 de 2015 la Corte dejó claro que el Estado debe adelantar procesos de consulta previa antes de delimitar los territorios que serán concesionados para la explotación minera mediante el nuevo procedimiento de selección objetiva o “ronda minera, y agregan que “la delimitación de áreas estratégicas mineras sobre territorios de pueblos indígenas y comunidades negras genera una afectación directa sobre estos grupos, que crea el deber de consultarlos previamente”.
En el comunicado señalan que la Defensoría asesoró jurídicamente a la ONG Tierra Digna para presentar la tutela con la que se frenaron las Áreas Estratégicas Mineras. Aunque reconocen que era un esquema que permitiría un mayor orden y planeación sobre el mapa minero del país, esta no es una excusa para no realizar la consulta previa con las comunidades.

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